Boletín de Auditoría 10/2026

La SAS 142 y la evolución de la evidencia de auditoría

Modernización tecnológica, uso de datos externos y comparación práctica con la NIA 500.

Introducción

La SAS 142, emitida por el AICPA en julio de 2020 y vigente para auditorías terminadas en o después del 15 de diciembre de 2022, resulta relevante para organizaciones mexicanas que, por razones de consolidación, cumplimiento corporativo o requerimientos de grupo, deban ser auditadas bajo US GAAS; aunque para auditorías locales en México normalmente resulta aplicable el marco de Normas Internacionales de Auditoría.

Desarrollo y aplicación práctica

Las SAS son normas de auditoría aplicables en Estados Unidos para auditorías de entidades no públicas bajo US GAAS. En México, la SAS 142 solo debería utilizarse cuando el encargo de auditoría lo exija expresamente, por ejemplo, cuando una subsidiaria mexicana de una empresa estadounidense requiera que su auditoría se emita bajo normas del AICPA para propósitos de consolidación o cumplimiento interno del grupo.

En esos casos, el auditor en México debe realizar su trabajo con base en US GAAS y aplicar la SAS 142 para alinear sus procedimientos con las prácticas de auditoría de Estados Unidos, sin que ello exima del cumplimiento de requerimientos locales aplicables.

El ASB, Auditing Standards Board del AICPA, es el organismo técnico encargado de emitir y actualizar las normas de auditoría y aseguramiento en Estados Unidos para compañías privadas. A partir de la creación del PCAOB en 2002, las auditorías de compañías públicas estadounidenses siguen estándares del PCAOB, mientras que las compañías privadas se rigen por los estándares del ASB.

La SAS 142 establece como objetivo que el auditor evalúe la información que será utilizada como evidencia de auditoría, incluidos los resultados de sus procedimientos, para fundamentar su conclusión general sobre si obtuvo evidencia suficiente y adecuada. Este objetivo es sustancialmente similar al de la NIA 500, “Evidencia de auditoría”.

Ambas normas comparten una base técnica común:

  • Definen la necesidad de obtener evidencia suficiente y adecuada. 
  • Exigen evaluar la relevancia y fiabilidad de la información. 
  • Requieren mantener escepticismo profesional. 
  • Sirven como fundamento para soportar la opinión del auditor. 

Sin embargo, la SAS 142 introduce actualizaciones relevantes que modernizan el estándar de evidencia frente a la realidad tecnológica de las organizaciones.

Una diferencia importante es la incorporación explícita de tecnología y datos externos. La SAS 142 reconoce el uso de herramientas y técnicas automatizadas, analítica de datos de auditoría y tecnologías avanzadas como medios válidos para obtener y evaluar evidencia. También contempla que estas herramientas puedan utilizarse tanto en la evaluación de riesgos como en pruebas sustantivas.

En contraste, la NIA 500 vigente aborda de manera más general el uso de técnicas de auditoría asistidas por computadora, sin desarrollar con el mismo detalle el impacto de herramientas automatizadas, analítica de datos o fuentes tecnológicas avanzadas en la obtención y evaluación de evidencia.

Otra diferencia consiste en la evaluación de nuevas fuentes y atributos de información. La SAS 142 parte de la premisa de que el auditor debe evaluar la información utilizada como evidencia sin importar su fuente o forma de obtención. Por ello amplía la guía sobre información proveniente de terceros, internet, redes sociales u otras fuentes externas.

La norma identifica atributos específicos que deben considerarse al evaluar evidencia:

  • Exactitud. 
  • Integridad. 
  • Autenticidad. 
  • Susceptibilidad al sesgo. 
  • Carácter corroborativo o contradictorio frente a las afirmaciones de la administración. 

Estos conceptos no se encuentran desarrollados con el mismo nivel de detalle en la NIA 500, que tradicionalmente se centra en suficiencia, adecuación, relevancia y fiabilidad de la evidencia, dejando la ponderación final al juicio profesional del auditor.

También destaca la consideración del sesgo y de la evidencia contradictoria. La SAS 142 enfatiza que el auditor debe analizar si la información obtenida confirma o contradice las aseveraciones de la administración. Aunque el escepticismo profesional es un principio fundamental en las NIA, la SAS 142 lo desarrolla con mayor precisión al vincularlo con sesgos, atributos de información y documentación de la evidencia.

Sugerencia visual recomendada: incluir un cuadro comparativo entre SAS 142 y NIA 500 con tres columnas: “Elemento”, “SAS 142” y “NIA 500”. También puede incorporarse una infografía sobre los atributos de evidencia: exactitud, integridad, autenticidad y sesgo.

Conclusiones

La SAS 142 y la NIA 500 comparten la misma esencia técnica: asegurar que el auditor obtenga evidencia suficiente y adecuada para sustentar su opinión. La diferencia principal radica en que la SAS 142 incorpora de forma más explícita la realidad tecnológica actual, el uso de herramientas y técnicas automatizadas, la analítica de datos, las fuentes externas y la evaluación de sesgos en la información.

Para empresas mexicanas con operaciones internacionales, subsidiarias de grupos estadounidenses o requerimientos de auditoría bajo US GAAS, conocer estas diferencias permite anticipar expectativas de documentación, evidencia y alcance técnico.

En Kreston FLS, el equipo de especialistas en Auditoría y Normas Internacionales está preparado para asesorarle en la identificación de requerimientos aplicables bajo NIA, US GAAS o estándares específicos de grupo. Lo invitamos a contactarnos para evaluar las implicaciones de estos marcos en sus procesos de auditoría y cumplimiento corporativo.

Firma y contacto

Autor: C.P.C. Omar Edgardo Ruvalcaba Gutiérrez
Área: Auditoría
Oficina: Kreston FLS – Oficina Guadalajara
Correo electrónico: oruvalcaba@krestonfls.com

*La información contenida aquí es de carácter general y no pretende incluir interpretación alguna de lo comentado , por lo que no debe considerarse aplicable respecto a un caso particular o bajo circunstancias específicas. La información que esta aquí es valida en la fecha de emisión de esta comunicación , sin embargo no garantizamos que la misma continúe siendo válida en la fecha en que fue leída ó consultada o en alguna fecha posterior.

 

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